Colombia y Nicaragua vuelven a La Haya
Mientras
Nicaragua, beneficiada con la delimitación que hizo la Corte
Internacional en 2012, busca revisar ese fallo, Colombia argumenta que
es cosa juzgada para que no cambie. ¿Qué está en juego?
Colombia volverá esta semana a un estrado
judicial que se ha vuelto familiar: la Corte Internacional de Justicia,
organismo que estudia dos demandas de Nicaragua contra el país. En esta
ocasión, ocupará el asiento de la delegación colombiana el nuevo agente
del caso, Carlos Gustavo Arrieta. La canciller María Ángela Holguín y el
otro asesor del gobierno, Manuel José Cepeda, esperarán el fallo en
Bogotá, acompañando al presidente Juan Manuel Santos. También estarán a
la expectativa el grupo de juristas extranjeros contratado por la
Cancillería y el home team que ha apoyado el trabajo desde esa entidad.
Se
trata de un proceso sobre la forma y no sobre el fondo. Ante las dos
demandas interpuestas por Nicaragua, Colombia le pidió a la corte que,
en vez de estudiarlas, acepte que no es competente para fallar sobre las
dos materias. Aunque, en principio, este jueves no se definirá nada
–porque todo depende de la providencia definitiva– lo que digan los
magistrados, y los argumentos con que respalden su decisión –es decir,
si estudiarán, o no, los temas de fondo– darían indicios claros sobre su
intención. Por eso, la sesión de este jueves en La Haya, aunque no
tendrá una última palabra, es crucial para la definición de los derechos
marítimos que tiene Colombia alrededor y en las vecindades del
archipiélago de San Andrés y Providencia, en el mar Caribe.
El
origen del proceso es toda una paradoja. La corte de La Haya (CIJ)
falló en noviembre de 2012 una primera demanda de Nicaragua, y fijó una
delimitación de las jurisdicciones marítimas de los dos países en el mar
Caribe que dejó insatisfechas a las dos partes. La línea trazada es más
favorable a Nicaragua en cuanto se extiende al oriente del meridiano
82, que Colombia consideró siempre la frontera marítima entre los dos
países. Pero rechazó la pretensión nicaragüense de aceptar una
plataforma continental extendida (derechos sobre el subsuelo,
dependientes de la formación geográfica de las costas) que llegaría
hasta un punto medio entre el archipiélago de San Andrés y la costa
Caribe colombiana.
En una decisión
anterior, en 2007, la corte había aceptado el argumento colombiano de
que no tenía competencia para declarar la nulidad –pretendida por
Nicaragua– del tratado de 1928 suscrito por los dos países. Según este,
los territorios de Nicaragua y de Colombia se distribuyen, en términos
de soberanía, con referencia al meridiano 82: todas las islas, islotes y
costas situadas al este son de Colombia y los que están en el lado
oeste son de Nicaragua. La corte ratificó en 2007 a favor de Colombia la
soberanía del archipiélago y la vigencia del tratado, pero en esa misma
decisión dijo que el meridiano 82 no delimitaba los derechos sobre el
mar. Una cosa es de quién son los territorios (archipiélago, islas,
islotes, cayos y demás) y otra, muy distinta, hasta donde se extienden
los mares territoriales que generan esas costas. La corte estableció
después, en 2012, la línea que define los límites entre los derechos
marítimos de Colombia y Nicaragua.
Pero
los dos países, a su manera, se molestaron con este fallo. Colombia, en
medio de críticas a la corte –que el gobierno llegó a calificar de
“enemiga”– se retiró del Pacto de Bogotá que la obligaba a aceptar la
jurisdicción de la CIJ, y dijo que la delimitación trazada en noviembre
de 2012 es inaplicable y que, según la Carta Política, los límites solo
pueden modificarse mediante tratados internacionales. El gobierno del
presidente Santos elevó una consulta a la Corte Constitucional, que
avaló esa tesis, y promulgó un decreto que fija las líneas de las costas
del archipiélago de San Andrés y Providencia que deben tomarse como
referencia para determinar las fronteras.
Nicaragua,
el país que con más frecuencia acude a la Corte Internacional de
Justicia, interpuso dos nuevas demandas contra Colombia. Una, para
denunciar que esta no ha cumplido el fallo de noviembre de 2012. Y la
otra, para insistir en que ese organismo se pronuncie sobre la
plataforma continental extendida que llega hasta el propio centro del
Caribe.
La
posición de Colombia, sometida a veredicto este jueves, es que la corte
no puede estudiar los dos casos. El del incumplimiento del fallo de
2012, porque Nicaragua no ha atendido llamados para acordar un tratado
que defina los límites, que es lo que establece la Constitución de1991. Y
el de la plataforma extendida, porque la propia corte de La Haya ya se
pronunció contra Nicaragua en 2012. Es cosa juzgada: la corte ya dio su
última palabra. Existen otros argumentos, en la parte colombiana, como
el hecho de que el país se retiró de la jurisdicción de la CIJ.
Pero
Nicaragua, en la otra esquina, dice que el fallo de 2012 en materia de
delimitación marítima es definitivo y no puede depender de decisiones
internas ni de fallos de organismos nacionales –como la Corte
Constitucional– que no pueden estar por encima del derecho
internacional. Aunque Colombia se retiró del Pacto de Bogotá, este mismo
establece que un país miembro conserva un año de aceptación de la
competencia después de su retiro, y Managua tuvo el cuidado de hacer
estas demandas antes de que se cumpliera ese periodo.
En
el otro caso, el de la plataforma continental expandida, los abogados
del gobierno de Daniel Ortega dicen que cuando la corte negó la demanda
nica en 2012, lo hizo de acuerdo con la información disponible en el
momento sobre la estructura geográfica de las costas, pero que aún hay
estudios técnicos por hacer. Según la Convención del Mar –que obliga a
Nicaragua pero no a Colombia– tales investigaciones le corresponden a la
Comisión de Límites de la ONU, que podría tardar años más –cerca de una
década– en pronunciarse.
Lo que está en
juego, en síntesis, es un punto de forma que, sin embargo, tiene
implicaciones jurídicas en el mediano plazo, y políticas inmediatas.
Aunque la corte unificó los procesos de las dos demandas, en teoría
podría fallarlas de manera distinta. Es decir, determinar que sí es
competente para estudiar el alegato nicaragüense sobre el incumplimiento
de Colombia del fallo de 2012 y reiterar que ya desechó el análisis de
la demanda sobre la plataforma extendida. O al contrario: no estudia el
desacato y sí la plataforma. O rechaza ambas, o las acepta. Incluso
podría optar por alternativas intermedias. Habrá que estudiar la minucia
del texto que se dará a conocer este jueves.
Desde
el punto de vista político también hay valiosas cartas en juego. En un
ambiente polarizado como el que hay en Colombia, el gobierno pagaría un
costo si, en el caso de que el fallo sea adverso al país, mantiene la
tradición de respetar las decisiones de los organismos de derecho
internacional. En el otro sentido podría desconocer el fallo –con
posibles aplausos en el campo doméstico- pero debilitaría su
credibilidad y su posición ante la comunidad internacional y,
especialmente, en el sistema de la ONU, justo cuando le está pidiendo a
su organismo de máximo nivel –el Consejo de Seguridad- que verifique el
cumplimiento de los eventuales acuerdos de cese al fuego y fin de las
hostilidades con las Farc.
El panorama
político es difícil, incluso, si las decisiones son favorables. Es
decir, si la corte acepta el argumento colombiano de que no tiene
competencia para estudiar las demandas nicaragüenses sobre dos puntos.
Aun en este escenario nada se modificaría en relación con los límites
marítimos entre Nicaragua y Colombia, trazados por la CIJ en noviembre
de 2012, que la opinión nacional considera un despojo arbitrario.
El
tema es tan complejo, técnico y politizado, que Nicaragua está buscando
una especie de apelación del fallo de noviembre de 2012, que le fue
favorable comparado con la posición tradicional colombiana. Mientras
tanto, la diplomacia de San Carlos lo defiende –y aspira a que se
considere cosa juzgada– porque es una mejor alternativa frente a las
ambiciones desatadas por Nicaragua después de noviembre de 2012. Toda
una paradoja.